Grupo de profesionales atendiendo a un formador en una sala de formación, imagen del artículo sobre formación obligatoria en IA y FUNDAE

Formación obligatoria en IA: qué exige el artículo 4 y cómo bonificarla con FUNDAE

Desde febrero de 2025, cualquier empresa que use sistemas de inteligencia artificial tiene una obligación sobre la formación de su equipo. Es el artículo 4 de la Ley de IA europea, el de la «alfabetización en materia de IA». En julio de 2026 la Unión Europea lo suavizó, y desde entonces circulan dos mensajes contradictorios: que ya no obliga a nada y que hace falta un certificado para cada empleado. Ninguno de los dos es cierto.

Este artículo explica qué dice hoy el artículo 4, qué conviene hacer y documentar para cumplirlo, y cómo se puede pagar esa formación con el crédito de FUNDAE que casi todas las empresas tienen y muchas no gastan.

Qué dice hoy el artículo 4

El artículo 4 del Reglamento (UE) 2024/1689, la Ley de IA, se aplica desde el 2 de febrero de 2025. Afecta a los proveedores de sistemas de IA y, lo que importa a la mayoría de empresas, a los responsables del despliegue: cualquier empresa que use IA en su actividad profesional, aunque no la haya desarrollado. Si tu equipo usa un asistente de IA para redactar, resumir o traducir, tu empresa está en este grupo.

El texto original pedía «adoptar medidas para garantizar que, en la mayor medida posible», el personal tuviera «un nivel suficiente» de alfabetización en IA. El llamado Omnibus digital, el Reglamento (UE) 2026/1744, en vigor desde el 27 de julio de 2026, cambió esa frase. Hoy el artículo dice que las empresas «adoptarán medidas para apoyar la promoción de la alfabetización en materia de IA» de su personal, teniendo en cuenta sus conocimientos, su experiencia y el contexto en que se usan los sistemas. Y añade una frase nueva: la obligación no exige garantizar un nivel específico de alfabetización de ninguna persona en particular.

Dicho de otro modo: la obligación sigue existiendo, pero es de medios, no de resultado. Tienes que tomar medidas razonables y ajustadas a cada puesto. No tienes que demostrar que cada empleado ha alcanzado un nivel concreto. El propio Omnibus insiste en que la alfabetización en IA debe ser una prioridad estratégica «independientemente de las obligaciones reglamentarias y las posibles sanciones». Repasamos el resto de obligaciones que ya se aplican en Ley de IA en 2026: qué obliga ya a tu empresa y qué se aplaza.

Qué medidas tomar, según la Comisión Europea

La Comisión Europea mantiene unas preguntas y respuestas sobre alfabetización en IA, actualizadas tras el Omnibus. No fijan un número mínimo de horas ni un temario cerrado: insisten en que no hay una solución única y en que todo depende del riesgo. Como mínimo, proponen que las medidas cubran cuatro cosas:

  1. Una comprensión general de la IA: qué es, cómo funciona a grandes rasgos, qué oportunidades ofrece y qué riesgos tiene.
  2. El papel de tu empresa: si desarrollas sistemas de IA o solo los usas.
  3. Los riesgos de los sistemas concretos que usáis. Por ejemplo, quien usa un asistente para redactar o traducir debe saber que puede inventarse datos con total seguridad, lo que se conoce como alucinaciones.
  4. Medidas ajustadas a cada persona: no necesita lo mismo el equipo de administración que usa IA para leer facturas que la dirección que decide en qué proyectos invertir.

¿Hace falta un certificado?

No. La Comisión lo dice expresamente: no hace falta un certificado. Lo que sí recomienda es llevar un registro interno de las formaciones y del resto de iniciativas.

Ese registro no es obligatorio, pero es lo más útil que puedes tener si algún día alguien pregunta qué medidas tomó tu empresa. En la práctica, conviene guardar:

  • Qué formación recibió cada persona, cuándo y con qué contenidos.
  • Un registro de asistencia firmado.
  • Las normas internas de uso de la IA que se han comunicado al equipo: qué herramientas se pueden usar, con qué datos y con qué límites.
  • Cómo se ha ajustado la formación a cada puesto.

Si además usáis sistemas de IA de alto riesgo, como los que intervienen en decisiones sobre empleados o en la concesión de crédito, hay obligaciones de formación específicas para las personas que los supervisan, aparte del artículo 4.

¿Qué pasa si no lo cumples?

La Ley de IA no fija una multa propia para el artículo 4. Deja en manos de cada Estado miembro decidir las sanciones, que pueden ser multas, advertencias u otras medidas, siempre proporcionadas y teniendo en cuenta a las pymes. En España, a fecha de este artículo, el régimen sancionador de la Ley de IA todavía no se ha aprobado: el proyecto de ley que lo regulaba decayó con la disolución de las Cortes en octubre de 2026 y tendrá que volver a tramitarse.

Eso no significa que el artículo 4 se pueda ignorar. La obligación está en vigor, y su incumplimiento puede pesar si un sistema de IA causa un daño y hay que demostrar que la empresa actuó con diligencia. La forma más sencilla de cubrirse es la misma que la de aprovechar la IA: formar al equipo y dejarlo documentado.

Cómo pagar la formación con FUNDAE

Aquí está la buena noticia. Casi todas las empresas del sector privado tienen un crédito de formación en FUNDAE, la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo, que se recupera en forma de bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social. Y la formación en IA para tu plantilla puede pagarse con él.

Cuánto crédito tienes

El crédito se calcula a partir de lo que tu empresa cotizó por formación profesional el año anterior, aplicando un porcentaje que depende del tamaño:

  • De 1 a 5 personas: un importe fijo de 420 € por empresa.
  • De 6 a 9 personas: el 100% de lo cotizado.
  • De 10 a 49: el 75%.
  • De 50 a 249: el 60%.
  • 250 o más: el 50%.

Puedes consultar el tuyo en la aplicación de FUNDAE. Y un detalle que mucha gente desconoce: las empresas de menos de 50 personas pueden acumular el crédito que no gasten durante uno o dos años más, si lo comunican en la aplicación antes del 30 de junio del año en curso. Si no lo comunicas, el crédito no gastado se pierde a final de año.

Qué formación se puede bonificar

La formación tiene que estar relacionada con la actividad de la empresa, ser gratuita para el trabajador y durar al menos dos horas (las charlas informativas o promocionales no cuentan). Puede ser presencial, en aula virtual en directo, por teleformación o mixta. Y no tiene que salir de un catálogo cerrado: la empresa decide los contenidos y la duración, así que una formación en IA diseñada a medida para tus puestos encaja perfectamente.

Los pasos

  1. Informar a la representación legal de los trabajadores, si la hay, antes de empezar. Tiene quince días para emitir su informe. Saltarse este paso impide aplicar la bonificación.
  2. Comunicar el inicio de cada grupo en la aplicación de FUNDAE, como tarde dos días antes de empezar.
  3. Impartir la formación y guardar la evidencia: asistencia, contenidos y controles de aprendizaje.
  4. Comunicar la finalización del grupo.
  5. Aplicar la bonificación en las liquidaciones de la Seguridad Social, como tarde en la del mes de diciembre del mismo año.
  6. Guardar la documentación durante cuatro años.

Según el tamaño, la empresa también tiene que aportar una parte del coste (la cofinanciación privada), que puede cubrirse con el salario de los empleados durante las horas de formación. Las empresas de hasta cinco personas están exentas.

Todo esto lo puede gestionar una entidad organizadora por ti. Es lo habitual, porque los plazos son cortos y un error en una comunicación puede hacer perder la bonificación.

Cómo lo hacemos en Milmoh

La formación de Milmoh se hace con ElevAI, nuestra línea de formación y adopción, y la imparte gente que implanta inteligencia artificial en procesos reales cada semana. Funciona en tres pasos:

  • Diagnosticar: qué necesita cada puesto, de qué nivel parte y cómo encaja con tu crédito de FUNDAE.
  • Impartir: IA aplicada al puesto, con ejercicios sobre los casos, los datos y las herramientas de tu propia empresa, en presencial, online en directo o campus asíncrono.
  • Adoptar: medimos después si cambió la forma de trabajar, no solo si el curso gustó.

Entregamos la documentación de cada acción (certificados, registro de asistencia y firma) y nos encargamos de toda la gestión con FUNDAE: comunicaciones, plazos y justificación.

Si además de formar necesitas saber qué sistemas de IA usa tu empresa y qué obligaciones te tocan, lo trabajamos en el servicio de cumplimiento de la Ley de IA. Y si quieres escuchar cómo se organiza la formación continua en una pyme, te recomendamos el episodio de Automatiza2 con Itziar Martínez: ¿Sobrevivirá tu equipo a la IA?.

En resumen

El artículo 4 de la Ley de IA sigue obligando a las empresas que usan IA a formar a su equipo, pero desde julio de 2026 la obligación es de medios: tomar medidas ajustadas a cada puesto, sin garantizar un nivel concreto. No hace falta un certificado, aunque conviene documentarlo todo. Y esa formación se puede pagar con el crédito de FUNDAE, que las empresas de menos de 50 personas pueden además acumular si avisan antes del 30 de junio.

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